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CalculaFaro

Calculadora de cesantías e intereses 2026

Colombia

Escribe tu salario y las fechas trabajadas. Verás cuánto deben consignar en tu fondo de cesantías, cuánto te pagan de intereses y en qué fechas.

¿Qué quieres calcular?

Si varió en los últimos 3 meses, usa el promedio del año. Ejemplo: salario mínimo 2026.

Vacía = 1 de enero.

Vacía = 31 de diciembre (en el retiro, hoy).

Más opciones

El auxilio entra en la base de las cesantías.

Tipo de salario

Cesantías: $ 2.000.000 COP. Por 360 días de 2026 te corresponden $ 2.000.000 COP de cesantías (a tu fondo antes del 15 de febrero de 2027) y $ 240.000 COP de intereses (a ti, en enero de 2027).

Cesantías
$ 2.000.000 COP
Intereses de cesantías (12 % anual)
$ 240.000 COP
Base de liquidación
$ 2.000.000 COP
Días liquidados
360
¿Quién paga y cuándo?
Tu empleador consigna $ 2.000.000 de cesantías en tu fondo antes del 15 de febrero de 2027 y te paga $ 240.000 de intereses directamente en enero de 2027.

Por 360 días de 2026 te corresponden $ 2.000.000 COP de cesantías (a tu fondo antes del 15 de febrero de 2027) y $ 240.000 COP de intereses (a ti, en enero de 2027).

  • Es una proyección: supone que sigues trabajando con el mismo salario hasta el 31 de diciembre de 2026.
Salario mensual$ 1.750.905
Auxilio de transporte$ 249.095
Base de liquidación$ 2.000.000
Días liquidados360
Cesantías$ 2.000.000 COP
Intereses de cesantías (12 % anual)$ 240.000 COP
Corte31 de diciembre de 2026
Pago de intereses al trabajadoren enero de 2027
Consignación en el fondoantes del 15 de febrero de 2027
¿Cómo se calculó?
  1. Días: del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2026 = 360 días (30/360)
  2. Base: salario $ 1.750.905 + auxilio $ 249.095 = $ 2.000.000
  3. Cesantías: $ 2.000.000 × 360 ÷ 360 = $ 2.000.000 — CST art. 249: un mes de salario por cada año, proporcional por fracción.
  4. Intereses: $ 2.000.000 × 360 × 12 % ÷ 360 = $ 240.000 — Ley 50 de 1990 art. 99 num. 2; DUR 1072 de 2015 art. 2.2.1.3.4.

Supuestos:

  • Régimen de cesantías de la Ley 50 de 1990 (fondo de cesantías), contrato laboral.
  • Sin retiros parciales de cesantías durante el año.
  • Días comerciales de 30 días por mes (conteo 30/360).
  • Si tu salario varió en los últimos tres meses, la base es el promedio del último año (CST art. 253): escribe ese promedio.
  • El auxilio de transporte o de conectividad entra en la base de las cesantías (Ley 1 de 1963 art. 7, según la jurisprudencia citada).

Datos usados: Intereses sobre cesantías (vigente desde 26/05/15) · Auxilio de cesantía (CST art. 249; Ley 50/1990 art. 99) (vigente desde 1/01/91) · Salario mínimo legal mensual vigente (SMMLV) (vigente desde 9/07/26) · Tope para auxilio de transporte (múltiplos de SMMLV, inclusivo) (vigente desde 1/01/25) · Auxilio de transporte (vigente desde 1/01/26) · Auxilio de transporte incluido en la base de prima y cesantías (vigente desde 30/06/89)

Respuesta rápida

Las cesantías en Colombia equivalen a un mes de salario por año trabajado (artículo 249 del Código Sustantivo del Trabajo) y se consignan en el fondo antes del 15 de febrero; los intereses son el 12 % anual y se pagan directamente al trabajador en enero (Ley 50 de 1990, art. 99). Con el salario mínimo de 2026 más el auxilio de transporte, un año completo genera $ 2.000.000 de cesantías y $ 240.000 de intereses.

Cómo se calculan las cesantías

Por cada año de trabajo, el empleador te debe un mes de salario de cesantías (CST, art. 249), y por fracciones de año, la parte proporcional. Con los días contados como en la nómina (meses de 30 días, año de 360):

Cesantías = (salario mensual + auxilio de transporte) × días trabajados ÷ 360

El auxilio de transporte se suma solo si ganas hasta dos salarios mínimos ($ 3.501.810 en 2026). Si tu salario cambió en los últimos tres meses, la base es el promedio de lo devengado en el último año (CST, art. 253).

Cómo se calculan los intereses de cesantías

Los intereses son el 12 % anual sobre las cesantías causadas en el año y, si no trabajaste el año completo, se calculan en proporción al tiempo (Ley 50 de 1990, art. 99, y Decreto 1072 de 2015, art. 2.2.1.3.4):

Intereses = cesantías × días trabajados × 12 % ÷ 360

Por eso los intereses de una fracción de año son mucho menores que el 12 % de las cesantías: con 120 días, el interés es el 4 % de las cesantías de esos 120 días.

Ejemplos con valores de 2026

Situación Base Días Cesantías Intereses
Salario mínimo, año completo $ 2.000.000 360 $ 2.000.000 $ 240.000
Salario mínimo, ingreso el 1 de abril $ 2.000.000 270 $ 1.500.000 $ 135.000
$ 4.000.000, retiro el 15 de agosto $ 4.000.000 225 $ 2.500.000 $ 187.500
$ 6.000.000, año completo $ 6.000.000 360 $ 6.000.000 $ 720.000

Fechas clave

Qué Cuándo A quién
Liquidación anual 31 de diciembre —
Intereses de cesantías En enero del año siguiente Directamente a ti
Consignación de las cesantías Antes del 15 de febrero del año siguiente A tu fondo de cesantías
Retiro (fin del contrato) Con la liquidación final Directamente a ti, con los intereses

En enero y febrero, la calculadora toma por defecto el corte del año que acaba de cerrar, que es el que se está pagando.

Si te retiras

Al terminar el contrato, el empleador te paga directamente las cesantías que no haya consignado en el fondo, con sus intereses (Ley 50 de 1990, art. 99, num. 4). Normalmente es la fracción del año del retiro; si te retiras en enero o a comienzos de febrero, también las del año anterior si aún no estaban consignadas. Si tu periodo abarca varios años, la calculadora liquida cada año por separado, con el salario mínimo y el auxilio de ese año, y te muestra cuáles ya debían estar en tu fondo.

Casos especiales

  • Salario integral: no hay cesantías aparte; el salario integral ya las incluye con sus intereses (CST, art. 132).
  • Auxilio de conectividad (teletrabajo): entra en la base igual que el de transporte, pero solo para salarios de menos de dos mínimos (Ley 2466 de 2025, art. 53).
  • Licencias no remuneradas o suspensiones: esos días no cuentan; escríbelos en «Más opciones».
  • Régimen anterior a 1991 y algunos empleados públicos: tienen reglas distintas (retroactividad) que esta calculadora no cubre.

¿Qué hacer ahora?

Después del 14 de febrero revisa en la página o aplicación de tu fondo que la consignación aparezca. Si no está, reclama por escrito a tu empleador: la mora en consignar cuesta un día de salario por cada día de retardo.

¿Para qué sirve?

  • Saber cuánto te deben consignar en el fondo de cesantías por 2026 antes del 15 de febrero de 2027.
  • Calcular los intereses de cesantías que te deben pagar en enero.
  • Liquidar cesantías e intereses cuando renuncias o te despiden.
  • Calcular la indemnización si no te pagaron los intereses a tiempo.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto son las cesantías de un año con salario mínimo en 2026?

$ 2.000.000: un mes de la base, que suma el salario mínimo de $ 1.750.905 y el auxilio de transporte de $ 249.095. Los intereses de ese año son el 12 %: $ 240.000.

¿Cuánto son las cesantías de 4 meses?

Cuatro meses son 120 días comerciales. Con salario mínimo y auxilio: $ 2.000.000 × 120 ÷ 360 = $ 666.667 de cesantías, y de intereses $ 666.667 × 120 × 12 % ÷ 360 = $ 26.667.

¿Cómo se calculan los intereses de cesantías?

Intereses = cesantías × días trabajados × 12 % ÷ 360. Se calculan sobre las cesantías causadas en el año (o en la fracción), no sobre el saldo total que tienes en el fondo, que genera sus propios rendimientos.

¿Cuándo deben consignar las cesantías y pagar los intereses?

El empleador liquida las cesantías al 31 de diciembre y debe consignarlas en tu fondo antes del 15 de febrero del año siguiente. Los intereses te los paga directamente en enero. Si el contrato termina, ambos se pagan con la liquidación final.

¿Qué pasa si no me pagan los intereses de cesantías?

El empleador debe pagarte, además de los intereses, una indemnización igual a ellos por cada vez que incumpla (Decreto 1072 de 2015, art. 2.2.1.3.8). Si no consigna las cesantías a tiempo, debe un día de salario por cada día de retardo (Ley 50 de 1990, art. 99).

¿Me pueden consignar las cesantías cada mes?

Sí. Desde la Ley 2466 de 2025 el empleador puede consignar cada mes el 8,33 % del salario más el auxilio de transporte como pago anticipado al fondo, y las partes pueden acordar por escrito pagar cada mes el 1 % de intereses. No cambia el valor anual.

¿Cómo sé cuánto tengo en mi fondo de cesantías?

Esta calculadora estima lo que se causa por tu trabajo; el saldo total, con retiros y rendimientos, solo lo tiene tu fondo (Porvenir, Protección, Colfondos, Skandia o el Fondo Nacional del Ahorro). Consúltalo en su página o aplicación.

Fuentes oficiales

Este cálculo es una estimación informativa con los parámetros de 2026; no es asesoría laboral ni jurídica personalizada y no garantizamos que coincida con lo que liquide tu empleador o tu fondo de cesantías. Si tienes dudas sobre tu caso, consulta a un abogado laboral o al Ministerio del Trabajo (mintrabajo.gov.co).

Sin garantía: CalculaFaro no garantiza la exactitud, integridad ni vigencia de los resultados ni de la información de esta página, aunque haya sido revisada por un profesional. Verifica el cálculo antes de tomar decisiones. Términos de uso.