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CalculaFaro

Calculadora de finiquito y liquidación 2026

México

El finiquito es lo que siempre te deben al terminar un trabajo; la liquidación es el finiquito más la indemnización cuando te despiden sin causa justificada. Elige cómo terminó tu trabajo y compara los montos.

¿Cómo terminó tu trabajo?

Tu sueldo fijo bruto, sin bonos.

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Zona salarial

Define el tope de la prima de antigüedad (2 salarios mínimos de tu zona).

Más opciones

Total estimado (bruto): $11,761.65 MXN. Por renuncia después de 3 años y 283 días, tu finiquito estimado es de $11,761.65 MXN bruto (aguinaldo, vacaciones y prima vacacional proporcionales). Después del ISR estimado ($1,207.47 MXN) recibirías alrededor de $10,554.18 MXN.

Total estimado (bruto)
$11,761.65 MXN
Neto estimado
$10,554.18 MXN
Antigüedad
3.7753 años (3 años y 283 días)
Días de aguinaldo proporcionales
11.9589 días
Aguinaldo proporcional
$4,783.56 MXN
Días de vacaciones proporcionales
13.9562 días
Vacaciones
$5,582.47 MXN
Prima vacacional
$1,395.62 MXN
Salario pendiente
$0.00 MXN
Prima de antigüedad
$0.00 MXN (no aplica)
ISR total estimado
$1,207.47 MXN

Por renuncia después de 3 años y 283 días, tu finiquito estimado es de $11,761.65 MXN bruto (aguinaldo, vacaciones y prima vacacional proporcionales). Después del ISR estimado ($1,207.47 MXN) recibirías alrededor de $10,554.18 MXN.

  • No firmes un finiquito ni un convenio si no estás de acuerdo con los montos.
  • Lectura interpretativa (confianza media): ISR: aguinaldo exento (UMA por año); ISR: prima vacacional exenta (UMA por año). La ley dice «salario mínimo» y aplicamos la UMA por la desindexación de 2016 (práctica usual); mira «¿Cómo se calculó?».
Finiquito (aguinaldo, vacaciones, prima y salario pendiente)$11,761.65 MXN
Total bruto$11,761.65 MXN
ISR estimado− $1,207.47 MXN
Neto estimado$10,554.18 MXN
Desglose de tu finiquito (bruto)
ConceptoDíasMontoFundamento
Aguinaldo proporcional11.9589 días$4,783.56 MXNLFT art. 87
Vacaciones proporcionales13.9562 días$5,582.47 MXNLFT arts. 76 y 79
Prima vacacional (25 %)—$1,395.62 MXNLFT art. 80
Salario pendiente0 días$0.00 MXNSalario devengado
Prima de antigüedadno aplica$0.00 MXNLFT arts. 162 y 486
Total bruto$11,761.65 MXN
Compara: mismo trabajo, distinta forma de terminar (bruto)
ConceptoRenunciaDespido justificadoDespido injustificadoInjustificado + 20 días/año
Aguinaldo + vacaciones + prima + salario pendiente$11,761.65 MXN$11,761.65 MXN$11,761.65 MXN$11,761.65 MXN
Prima de antigüedad$0.00 MXN$18,121.64 MXN$18,121.64 MXN$18,121.64 MXN
Indemnización 90 días$0.00 MXN$0.00 MXN$37,923.30 MXN$37,923.30 MXN
20 días por año$0.00 MXN$0.00 MXN$0.00 MXN$31,816.32 MXN
Total bruto$11,761.65 MXN$29,883.29 MXN$67,806.59 MXN$99,622.91 MXN
¿Cómo se calculó?
  1. Salario diario: $12,000.00 MXN mensual ÷ 30 = $400.00 MXN
  2. Antigüedad: del 9 de enero de 2023 al 18 de octubre de 2026: 3 años y 283 días = 3 + 283 ÷ 365 = 3.7753 años — Días contados inclusive desde tu último aniversario.
  3. Aguinaldo proporcional: 15 × 291 ÷ 365 = 11.9589 días × $400.00 MXN = $4,783.56 MXN — LFT art. 87: días laborados del 1 de enero de 2026 al 18 de octubre de 2026.
  4. Vacaciones proporcionales: al cumplir 4 años te tocarían 18 días: 18 × 283 ÷ 365 = 13.9562 días × $400.00 MXN = $5,582.47 MXN — LFT arts. 76 y 79 (tabla vigente desde 2023). Suponemos que ya gozaste las vacaciones de años anteriores, salvo las que captures como pendientes.
  5. Prima vacacional: 25 % × $5,582.47 MXN = $1,395.62 MXN — LFT art. 80.
  6. Prima de antigüedad: no aplica: renuncia con menos de 15 años de servicio — LFT art. 162-III.
  7. Total bruto: $11,761.65 MXN
  8. ISR de aguinaldo, vacaciones y prima (estimado): gravado = aguinaldo $1,264.26 MXN (exento $3,519.30 MXN) + vacaciones $5,582.47 MXN + prima $0.00 MXN (exenta $1,395.62 MXN) + salario $0.00 MXN = $6,846.73 MXN; ISR($12,160.00 MXN + $6,846.73 MXN) − ISR($12,160.00 MXN) = $1,207.47 MXN — LISR arts. 93-XIV y 96: se suma a tu último sueldo mensual. Estimación; tu patrón puede retener distinto.
  9. Neto estimado: $11,761.65 MXN − ISR $1,207.47 MXN = $10,554.18 MXN

Supuestos:

  • ISR estimado sin subsidio para el empleo y sin otros ingresos del mes.
  • Prestaciones de ley (sin contrato colectivo).
  • No incluye salarios caídos, PTU, fondo de ahorro ni prestaciones contractuales.
  • Días contados inclusive; año de 365 días.

Datos usados: Aguinaldo mínimo (días de salario) (vigente desde 31/12/75) · Prima vacacional mínima (vigente desde 01/05/70) · Días de vacaciones por años de servicio (art. 76 LFT) (vigente desde 01/01/23) · Salario mínimo general diario (Zona del Salario Mínimo General) (vigente desde 01/01/26) · Prima de antigüedad (art. 162 LFT) (vigente desde 01/05/70) · RLISR art. 174: método opcional para aguinaldo/PTU/primas (vigente desde 09/10/15) · Unidad de Medida y Actualización (UMA) diaria (vigente desde 01/02/26) · ISR: aguinaldo exento (UMA por año) (vigente desde 28/01/16) · ISR: prima vacacional exenta (UMA por año) (vigente desde 28/01/16) · Tarifa ISR mensual art. 96 LISR (retenciones a salarios) (vigente desde 01/01/26)

Respuesta rápida

En México, al renunciar te corresponden el aguinaldo, las vacaciones y la prima vacacional proporcionales; la prima de antigüedad (12 días por año, con salario topado en 2 salarios mínimos de tu zona) solo si tienes 15 años o más (LFT art. 162). Si te despiden sin causa justificada se suman 3 meses de salario integrado (LFT arts. 48 y 50) y la prima de antigüedad. Con $500 diarios y 4 años y 7 meses, el finiquito por renuncia es de $13,760.27 MXN brutos y la liquidación por despido injustificado, de $88,990.65 MXN (octubre de 2026).

¿Renunciaste o te despidieron?

Concepto Renuncia Despido justificado Despido injustificado
Aguinaldo proporcional (art. 87) Sí Sí Sí
Vacaciones proporcionales y pendientes (arts. 76 y 79) Sí Sí Sí
Prima vacacional, mínimo 25 % (art. 80) Sí Sí Sí
Salario pendiente Sí Sí Sí
Prima de antigüedad, 12 días por año (art. 162) Solo con 15 años o más Sí Sí
Indemnización de 90 días de salario integrado (arts. 48 y 50) No No Sí
20 días por año (art. 50-II) No No Si el patrón se niega a reinstalarte

Si tu contrato por tiempo u obra determinada terminó, la calculadora suma la prima de antigüedad solo con 15 años o más; si procede en todos los casos es una pregunta abierta; conviene confirmar este punto con un profesional.

Cómo se calcula

Ejemplo real: salario de $500 diarios, ingreso el 1 de marzo de 2022 y salida el 15 de octubre de 2026 (4 años y 229 días, es decir 4.6274 años).

  • Aguinaldo proporcional: del 1 de enero al 15 de octubre hay 288 días. 15 × 288 ÷ 365 = 11.8356 días × $500 = $5,917.81.
  • Vacaciones proporcionales: en tu 5.º año de servicio te tocarían 20 días (tabla vigente desde 2023). Llevas 229 días de ese año: 20 × 229 ÷ 365 = 12.5479 días × $500 = $6,273.97.
  • Prima vacacional: 25 % × $6,273.97 = $1,568.49.
  • Finiquito por renuncia: $13,760.27 MXN brutos.

Si el despido fue injustificado se suman:

  • Prima de antigüedad: 12 × 4.6274 × $500 = $27,764.38 (tu salario está por debajo del tope de $630.08).
  • Salario diario integrado: $500 × 1.054795 = $527.40 (redondeado a centavos).
  • Indemnización: 90 × $527.40 = $47,466.00.
  • Liquidación: $88,990.65 MXN brutos.

¿Cuánto ISR me quitan del finiquito?

En el ejemplo del despido, la prima de antigüedad y la indemnización suman $75,230.38. Están exentas hasta 90 UMA por año de servicio; como la fracción de 229 días supera seis meses, cuentan 5 años: 90 × $117.31 × 5 = $52,789.50 exentos. Los $22,440.88 restantes se gravan con la tasa de tu último sueldo mensual ($500 × 30.4 = $15,200; ISR $1,438.66, tasa 9.4649 %): $2,124.00 de ISR. A eso se suma el ISR estimado del aguinaldo, las vacaciones y la prima vacacional ($1,772.16), y el neto estimado queda en $85,094.49 MXN.

El texto del art. 96 de la LISR habla de aplicar la tasa al «ingreso total» por separación; la práctica usual la aplica a la parte gravada, que es lo que hace la calculadora. Esa lectura admite más de una lectura: conviene confirmar este punto con un profesional.

Prima de antigüedad y su tope

La prima de antigüedad es de 12 días por cada año de servicio, contando la fracción. El salario que se usa no puede ser menor al salario mínimo (art. 485) ni mayor al doble del salario mínimo de tu zona (art. 486). En 2026 el tope es de $630.08 diarios en la zona general y de $881.74 en la Zona Libre de la Frontera Norte; si tu salida fue en 2025, el tope es 2 × $278.80 = $557.60 en la zona general.

¿Qué hago si no me quieren pagar?

  • No firmes un finiquito ni un convenio si no estás de acuerdo con los montos.
  • Imprime el desglose y llévalo al Centro de Conciliación Laboral de tu estado o a la PROFEDET.
  • Si te despidieron, recuerda el plazo de dos meses del art. 518 de la LFT.

Lo que no incluye

Salarios caídos, reparto de utilidades (PTU), fondo de ahorro y prestaciones de tu contrato colectivo.

¿Para qué sirve?

  • Saber cuánto te toca de finiquito si renuncias.
  • Calcular tu liquidación si te despidieron sin causa justificada, con o sin los 20 días por año.
  • Revisar el finiquito que te ofrece tu patrón antes de firmarlo.
  • Llevar un desglose impreso al Centro de Conciliación Laboral.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto me toca de finiquito por 2 años de trabajo?

Depende de tu salario y de las fechas. Por ejemplo, con $12,000 al mes y del 15 de abril de 2024 al 15 de octubre de 2026 (2 años y medio), si renuncias te tocan $8,767.13 MXN brutos: aguinaldo $4,734.25, vacaciones $3,226.30 y prima vacacional $806.58. Si te despiden sin causa justificada, la liquidación sube a $58,660.66 MXN con la prima de antigüedad ($12,019.73) y la indemnización de 90 días ($37,873.80).

¿Cuánto me toca de liquidación si me corren?

Si el despido es injustificado, además del finiquito te corresponden 90 días de salario diario integrado (tres meses, LFT arts. 48 y 50) y la prima de antigüedad de 12 días por año. Si el patrón se niega a reinstalarte, se suman 20 días de salario integrado por año de servicio (art. 50-II). Con $500 diarios y 4 años y 7 meses, la liquidación es de $88,990.65 MXN, o $137,800.44 MXN con los 20 días por año.

¿Si renuncio me pagan prima de antigüedad?

Solo si tienes al menos 15 años de servicio (LFT art. 162, fracción III). Son 12 días por año, con tu salario topado en el doble del salario mínimo de tu zona: en 2026, $630.08 diarios en la zona general y $881.74 en la Zona Libre de la Frontera Norte (art. 486).

¿Qué es el salario diario integrado?

Es tu salario diario más la parte proporcional de tus prestaciones, como el aguinaldo y la prima vacacional (LFT art. 89). Con $500 diarios, 15 días de aguinaldo y 20 días de vacaciones con 25 % de prima, el factor es 1 + (15 + 20 × 25 %) ÷ 365 = 1.054795 y el salario integrado, $527.40. Con él se calculan la indemnización y los 20 días por año.

¿El finiquito paga ISR?

Sí, en parte. El aguinaldo está exento hasta 30 UMA y la prima vacacional hasta 15 UMA; las vacaciones y el salario pendiente pagan ISR como sueldo. La indemnización y la prima de antigüedad están exentas hasta 90 UMA por cada año de servicio ($10,557.90 por año en 2026; más de seis meses cuentan como año completo) y lo demás se grava con la tasa de tu último sueldo mensual (LISR arts. 93 y 96).

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar si me despidieron?

La ley da dos meses contados desde el día siguiente a tu separación (LFT art. 518). Antes de demandar debes pasar por la conciliación: acude cuanto antes al Centro de Conciliación Laboral de tu estado o pide asesoría gratuita a la PROFEDET.

Fuentes oficiales

Este cálculo es una estimación informativa basada en la Ley Federal del Trabajo y en los datos que capturaste. No es asesoría legal ni sustituye la revisión de tu caso; tu contrato, tus recibos o una resolución pueden cambiar los montos y no garantizamos su exactitud. Antes de firmar un finiquito o convenio, acude al Centro de Conciliación Laboral de tu estado, a la PROFEDET (asesoría gratuita) o a un abogado laboral.

Sin garantía: CalculaFaro no garantiza la exactitud, integridad ni vigencia de los resultados ni de la información de esta página, aunque haya sido revisada por un profesional. Verifica el cálculo antes de tomar decisiones. Términos de uso.